Última modificación 16/01/2026
En el actual escenario laboral de 2026, la gestión del tiempo se ha convertido en un activo estratégico para cualquier organización. Aunque el debate legislativo del año pasado sobre la reducción de la jornada quedó resuelto manteniendo las 40 horas semanales, la exigencia sobre cómo se registra ese tiempo nunca ha sido tan elevada.
Empresas de todos los tamaños se enfrentan hoy a un escrutinio técnico sin precedentes. Ya no basta con cumplir la ley de 2019 de manera superficial; la Inspección de Trabajo y la jurisprudencia actual exigen sistemas que garanticen la veracidad absoluta de los datos.
En este post vamos a analizar la situación actual, a principios de 2026, y todo lo que se sabe hasta la fecha tras varias actualizaciones y cambios.
Índice de contenidos
El marco normativo actual: ¿Qué es obligatorio hoy?
Para entender hacia dónde vamos, debemos saber dónde estamos. El marco legal en España sigue pivotando sobre el Artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, pero su interpretación ha evolucionado hacia la digitalización «de facto».
La vigencia de las 40 horas semanales
Tras el rechazo parlamentario de las reformas de 2025 sobre la conocida reducción de jornada a 37,5 horas semanales, la jornada máxima legal en España no ha sufrido variaciones. Esto significa que las empresas deben seguir gestionando sus cuadrantes bajo el límite de las 40 horas, poniendo especial foco en que cualquier exceso sea registrado y compensado como hora extraordinaria, tal y como marca la ley.
El estado del nuevo Reglamento de Fichaje
A día de hoy, el esperado reglamento que busca imponer una conexión remota y directa con la Inspección de Trabajo aún no tiene una fecha oficial de entrada en vigor en el BOE, ni el plazo que tendrán las empresas para adaptarse. No obstante, el consenso técnico es claro: la normativa que vendrá buscará la transparencia total y el acceso instantáneo a los datos desde la nube, algo que los sistemas analógicos no pueden ofrecer.

Por qué el registro digital es la única opción segura en 2026
Según la nueva ley, los requisitos de objetividad, fiabilidad y accesibilidad hacen inviable en la práctica poder seguir fichando en papel. Según la doctrina actual, un registro que pueda ser alterado sin dejar rastro carece de validez probatoria.
La importancia de la inalterabilidad de los datos
Un punto clave que destacan los expertos es la trazabilidad. Un software de control horario moderno asegura que, si se produce una modificación en un fichaje (por ejemplo, un olvido del empleado), el sistema guarde un historial de cambios. Esto protege a la empresa ante una auditoría, demostrando que no ha habido manipulación de la jornada.
Accesibilidad inmediata: El fin de las esperas
La Inspección de Trabajo ha intensificado sus requerimientos de información inmediata. Los sistemas digitales permiten que, ante una visita o un requerimiento telemático, la empresa pueda exportar informes detallados en segundos. La antigua práctica de pedir tiempo para «recopilar firmas» se interpreta hoy como una falta de diligencia o incluso obstrucción.

A quién afectará esta nueva ley
La implementación del fichaje digital no es opcional para el tejido empresarial español. Esta medida vincula a todas las entidades jurídicas del país, sin que el número de trabajadores o el área de actividad supongan una excepción. Asimismo, los trabajadores autónomos que tengan personal a su cargo bajo cualquier modalidad contractual están estrictamente obligados a cumplir con este control.
Nuevos colectivos y sectores integrados
Uno de los cambios más disruptivos de esta ley es la eliminación de antiguas exenciones. Siguiendo las directrices de la jurisprudencia europea y nacional, se han incorporado grupos específicos que anteriormente no estaban sujetos a este rigor:
- Servicio del hogar familiar: Es, quizás, la novedad más relevante. El registro debe efectuarse mediante herramientas que se adapten a los recursos disponibles por la familia empleadora, siempre que se asegure la veracidad de los datos.
- Autónomos con empleados: Antes quedaban excluidos los autónomos, pero si se cumple la condición de tener trabajadores a su cargo, también deben cumplir con el registro de su jornada laboral.
- Pequeñas y medianas empresas (Pymes): Todas las Pymes, independientemente de su sector, deben adoptar ahora sistemas homologados, lo que marca un antes y un después en su operativa administrativa y gestión del tiempo.

Y las relaciones laborales de carácter especial
- Comercio y hostelería, trabajos en el mar, vigilantes, guardias o transporte: El RD aplicará en aquellos casos donde sus normas no regulen.
- Alta dirección: De momento continúan fuera y no estarán obligados.
Autogestión y transparencia para el empleado
Una de las mayores ventajas de la digitalización es la transparencia. El trabajador debe tener acceso a su propio registro de jornada en cualquier momento. Esto no solo cumple con una obligación legal, sino que reduce la conflictividad laboral al permitir que ambas partes visualicen el cumplimiento de los horarios y las pausas.
Trabajo a distancia y flexibilidad
La normativa es clara al incluir a quienes realizan teletrabajo o gozan de horarios flexibles; la ausencia física en la oficina no exime del registro digital.
Características esenciales de un sistema de fichaje eficaz
A la hora de elegir una solución tecnológica, no todos los softwares ofrecen las mismas garantías legales. En 2026, existen mínimos técnicos que deben cubrirse para evitar sanciones, como hace ejornada.
Geolocalización y privacidad (RGPD)
Con el auge del trabajo híbrido, el registro en movilidad es esencial. Sin embargo, debe implementarse respetando el derecho a la intimidad. Los sistemas actuales deben permitir el registro de la ubicación solo en el momento del fichaje, cumpliendo estrictamente con el Reglamento General de Protección de Datos. No es posible que realice un registro continuo de su ubicación, desde el inicio hasta el final de la jornada.

Procedimiento con los fichajes
El núcleo de la normativa radica en la precisión cronológica. Ya no basta con una estimación; el sistema debe reflejar el momento exacto (hora y minuto) en que el empleado inicia su actividad y el instante en que la concluye. Para que el control se considere legítimo y auténtico, es imperativo que cada trabajador realice el fichaje de forma individual y manual.
Gestión de interrupciones y pausas no efectivas
Un aspecto crítico es la diferenciación entre el tiempo de presencia y el tiempo de trabajo efectivo. Todas aquellas pausas que no computen como laborales —como los periodos destinados a la comida o descansos prolongados— deben quedar debidamente documentadas. Esto asegura que el registro final muestre únicamente la actividad real realizada.+1

Regulación de horas adicionales y su retribución
El marco legal vigente no solo exige el registro, sino que obliga a las empresas a clarificar el método de compensación para cualquier exceso de jornada. Según el Real Decreto, estas horas extra pueden ser abonadas económicamente o compensadas con tiempo de descanso dentro de un margen de cuatro meses.
El sistema de control debe ser capaz de categorizar estas horas (por ejemplo, identificando las de fuerza mayor) y está obligado a emitir un justificante mensual adjunto a la nómina, donde se desglosen todos los tiempos adicionales y su correspondiente compensación.
Digitalización y automatización mediante software especializado
Para evitar errores manuales, el uso de plataformas tecnológicas como Cegid Visualtime se ha vuelto indispensable. Estas herramientas permiten:
- Segmentación de modalidades: Diferencian automáticamente si el fichaje se realiza en remoto o en la oficina.
- Cálculos inteligentes: El software computa de forma autónoma las horas ordinarias, las extraordinarias y las complementarias.
- Transparencia administrativa: Facilitan la generación de informes detallados, garantizando que tanto la empresa como el trabajador tengan una visión clara y veraz de la actividad laboral acumulada.
Posibles sanciones por incumplimiento y otras causas
El impacto económico de no cumplir con la normativa es significativo: Cada empleado afectado se contabiliza como una infracción por separado, incrementando el coste total en función de la gravedad y de si la empresa es reincidente.
Cuantía de las sanciones
El impacto económico de no cumplir con la normativa es significativo: las multas oscilan entre los 1.000 € y los 10.000 € por cada trabajador que no esté correctamente registrado. Es fundamental tener en cuenta que, con el modelo sancionador actual, cada empleado afectado se contabiliza como una infracción por separado, incrementando el coste total en función de la gravedad y de si la empresa es reincidente.

Requisitos del sistema y acceso a datos
Bajo la nueva ley, la Inspección de Trabajo tiene potestad para realizar controles remotos y sin previo aviso sobre los registros horarios. Por ello, el software de fichaje debe estar operativo las 24 horas y desglosar con precisión la jornada: entradas, salidas, descansos y horas extra (especificando cómo se compensan). Además, la herramienta debe diferenciar entre jornada presencial o remota, identificar al usuario y permitir la exportación de informes mensuales automáticos que sean objetivos, trazables y fiables.
Custodia y conservación de registros
La normativa exige que las empresas almacenen la totalidad de los registros de jornada durante un plazo mínimo de cuatro años. A lo largo de este tiempo, la información debe estar disponible para su consulta por parte de los inspectores, los propios trabajadores o la representación legal de los mismos. Asimismo, es obligatorio contar con copias de seguridad y protocolos de recuperación para evitar la pérdida de datos ante cualquier fallo técnico.
Incumplimiento por parte del trabajador
El uso del sistema de fichaje no es opcional. Si un empleado se resiste de forma reiterada a registrar su jornada, la empresa puede aplicar medidas disciplinarias progresivas. Legalmente, esta actitud se equipara a la desobediencia de órdenes directas y al incumplimiento de los deberes laborales básicos, lo que en última instancia podría dar lugar a un despido procedente.
Consecuencias del falseamiento de datos
Alterar o manipular los registros de jornada se clasifica como una falta muy grave. Para el empleado, esta conducta puede justificar un despido disciplinario; para el empresario, las repercusiones van más allá de lo administrativo. Facilitar el falseamiento del fichaje puede derivar en responsabilidad penal por estafa a la Seguridad Social o delitos contra los derechos de los trabajadores, especialmente si el sistema no garantiza que cada modificación sea trazable.
Riesgos en procesos judiciales
En caso de despido o reclamación de cantidades, la carga de la prueba recae sobre la empresa. Si el registro de jornada es digital y certificado, la empresa cuenta con una defensa sólida. Si es manual o fácilmente editable, los tribunales suelen dar por válidos los horarios reclamados por el trabajador.
El papel de la tecnología en la gestión del talento
Más allá del cumplimiento del BOE, el control horario digital se ha integrado en el ecosistema de los Recursos Humanos como una herramienta de productividad.
Integración con la nómina y la analítica
Los sistemas más avanzados permiten volcar los datos de jornada directamente en el proceso de nómina. Esto elimina errores manuales, asegura que se paguen correctamente los complementos de nocturnidad o turnicidad y ofrece datos en tiempo real sobre el absentismo y la rotación.

Fomento de la desconexión digital
Irónicamente, un control horario estricto es la mejor garantía para el derecho a la desconexión. Al quedar registrado el fin de la jornada, la empresa puede establecer protocolos para que no se exija actividad laboral fuera de esos límites, protegiendo así la salud mental de su plantilla y cumpliendo con la Ley de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales.
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