Nuevas sanciones por no tener registro de jornada
Desde que entrase en vigor la ley que obliga a las empresas a tener un control más exhaustivo de la jornada laboral de sus trabajadores, se han registrado algunas sanciones precisamente por no haber acatado esta orden y hacerlo como obliga la ley.
Son muchas las empresas que han continuado realizando este registro de la jornada laboral de una forma más tradicional y menos práctica, que es con el clásico folio y bolígrafo, apuntándose a mano a la llegada y a la salida. Sin embargo, ya se han dado casos en los que los jueces no han visto con buenos ojos esta práctica y se están tomando medidas nada favorecedoras para las empresas.
El primer convenio que obliga a control telemático
En Guipúzcoa encontramos el primer caso en el que un convenio obligará a las empresas relacionadas con la hostelería a que sus trabajadores fichen mediante un software de control de horas.
Este nuevo marco legal afectará a unos 17.000 trabajadores, y habrá un plazo de un año para que los bares y restaurantes implanten esta medida, en caso de que no estuvieran haciéndolo ya.
Las empresas parecen haberlo tomado con total normalidad, y los trabajadores consideran que este ajuste mejorará sus condiciones laborales. Está claro que un control del registro laboral realizado con herramientas que ayuden a esta labor puede sumar mucho a ambas partes.

Sanciones que pueden imponer a las empresas
Uno de los temores que tienen los empresarios que están incumpliendo la ley es que se presente un inspector de trabajo y pida los datos referentes al control de horas. Según algunas cifras, hasta un 20% de las empresas que fueron inspeccionadas no cumplían con este registro por lo que fueron sancionadas. No cumplir con la ley puede suponer sanciones a las empresas importantes:
Infracción leve
Multa de 60 a 625 euros, que pueden imponerse por no informar de las condiciones laborales a los empleados o no facilitarles los informes sobre su registro de horas.
Infracción grave
Multa de 626 a 6250 euros, que llegarán por no computar ni pagar horas extras, errores con el registro de la jornada o no comunicar a la representación legal de los trabajadores las horas extras realizadas.
Infracción muy grave
Multas de 6.251 a 187.515 euros, por impagos, retrasos en impagos o menores trabajando horas extra.
Soluciones para cumplir con la ley de control de horas
En ocasiones, encontrar una solución a un problema puede ser algo engorroso y nos puede suponer un consumo de horas inasumible en investigación de programas que nos puedan ayudar, consultar con expertos y como no, un gasto económico superior al esperado que puede descuadrarnos los presupuestos.
ejornada tiene esta solución y ofrece unas tarifas de su software de control laboral muy competitivo, incluyendo periodo gratuito para que la empresa pueda probar la herramienta y considerar si es lo que anda buscando.
ejornada cumple con la ley y su gestión del control horario de los trabajadores permitirá evitar cualquier multa que pudiera suponer el no llevar a cabo este registro laboral.
Además, esta herramienta permite conectar los datos de las horas trabajadas con otros programas de nóminas, lo que facilita la gestión de nóminas y un mayor aprovechamiento de horas por parte del personal encargado del departamento laboral.
Si tu empresa aun no se ha sumado a la digitalización del control de horas, quieres dejar de lado esos registros arcaicos tomados en papel, evitar sanciones por no tener registro de jornada bien implementado y apostar por una solución eficaz, pero aun te quedan dudas, puedes ponerte en contacto con nosotros y resolveremos tus preguntas desde nuestro equipo de soporte.
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