Nuevas sanciones por no tener registro de jornada
Actualizado: 23 mayo, 2024
Desde que entrase en vigor la ley que obliga a las empresas a tener un control más exhaustivo de la jornada laboral de sus trabajadores, se han registrado algunas sanciones precisamente por no haber acatado esta orden y hacerlo como obliga la ley.
Son muchas las empresas que han continuado realizando este registro de la jornada laboral de una forma más tradicional y menos práctica, que es con el clásico folio y bolígrafo, apuntándose a mano a la llegada y a la salida. Sin embargo, ya se han dado casos en los que los jueces no han visto con buenos ojos esta práctica y se están tomando medidas nada favorecedoras para las empresas.
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El primer convenio que obliga a control telemático
En Guipúzcoa encontramos el primer caso en el que un convenio obligará a las empresas relacionadas con la hostelería a que sus trabajadores fichen mediante un software de control de horas.
Este nuevo marco legal afectará a unos 17.000 trabajadores, y habrá un plazo de un año para que los bares y restaurantes implanten esta medida, en caso de que no estuvieran haciéndolo ya.
Las empresas parecen haberlo tomado con total normalidad, y los trabajadores consideran que este ajuste mejorará sus condiciones laborales. Está claro que un control del registro laboral realizado con herramientas que ayuden a esta labor puede sumar mucho a ambas partes.
Sanciones que pueden imponer a las empresas
Uno de los temores que tienen los empresarios que están incumpliendo la ley es que se presente un inspector de trabajo y pida los datos referentes al control de horas. Según algunas cifras, hasta un 20% de las empresas que fueron inspeccionadas no cumplían con este registro por lo que fueron sancionadas. No cumplir con la ley puede suponer sanciones a las empresas importantes:
Infracción leve
Multa de 60 a 625 euros, que pueden imponerse por no informar de las condiciones laborales a los empleados o no facilitarles los informes sobre su registro de horas.
Infracción grave
Multa de 626 a 6250 euros, que llegarán por no computar ni pagar horas extras, errores con el registro de la jornada o no comunicar a la representación legal de los trabajadores las horas extras realizadas.
Infracción muy grave
Multas de 6.251 a 187.515 euros, por impagos, retrasos en impagos o menores trabajando horas extra.
Soluciones para cumplir con la ley de control de horas
En ocasiones, encontrar entre tantos programas de control horario uno que de verdad solucione tus problemas, puede ser algo engorroso y nos puede suponer un consumo de horas inasumible en investigación de programas que nos puedan ayudar, consultar con expertos y como no, un gasto económico superior al esperado que puede descuadrarnos los presupuestos.
ejornada tiene esta solución y ofrece unas tarifas de su software de control laboral muy competitivo, incluyendo periodo gratuito para que la empresa pueda probar la herramienta y considerar si es lo que anda buscando.
ejornada cumple con la ley y su gestión del control horario de los trabajadores permitirá evitar cualquier multa que pudiera suponer el no llevar a cabo este registro laboral.
Además, esta herramienta permite conectar los datos de las horas trabajadas con otros programas de nóminas, lo que facilita la gestión de nóminas y un mayor aprovechamiento de horas por parte del personal encargado del departamento laboral.
Si tu empresa aun no se ha sumado a la digitalización del control de horas, quieres dejar de lado esos registros arcaicos tomados en papel, evitar sanciones por no tener registro de jornada bien implementado y apostar por una solución eficaz, pero aun te quedan dudas, puedes ponerte en contacto con nosotros y resolveremos tus preguntas desde nuestro equipo de soporte.
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