¿La normativa sobre el registro de jornada obsta la flexibilidad horaria en las empresas?
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Según lo dispuesto en la normativa sobre el control horario de jornada en las empresas, la flexibilidad horaria exige el cumplimiento de una determinada jornada mensual, libremente distribuida por el trabajador. El hecho de que un registro horario diario compute excesos de jornada no se interpretará como trabajo extraordinario o por encima del pactado si, analizados los registros de los restantes días del mes, queda acreditado el cumplimiento de la jornada mensual ordinaria.
En coherencia, cualesquiera otros períodos de referencia a los fines redistributivos seguirán idéntica regla.