Ley de Teletrabajo 2021. Aspectos más importantes.
Actualizado: 11 agosto, 2023
La transformación digital que vivimos y la implementación del teletrabajo en nuestra vida profesional propiciado por la crisis sanitaria que estamos viviendo llegaron para quedarse.
El teletrabajo ya no es una opción en el nuevo escenario laboral que tenemos, sino una realidad a la que han tenido que adaptarse tanto empresas como trabajadores.
El pasado 11 de julio entró en vigor la Ley 10/2021 de 9 de julio de Trabajo a Distancia, conocida como Ley del Teletrabajo, que viene a regular el marco legal en el que se desenvuelven ahora las relaciones laborales.
Los cambios incorporados por el teletrabajo afectan también al control de la jornada laboral, que sigue siendo necesario, pero adaptándose a la nueva realidad laboral que vivimos.
Para hacerlo con garantías la mejor solución es optar por utilizar una plataforma de control horario como la que ofrecemos en ejornada, adaptada a las necesidades de cada empresa, y que puede usarse tanto desde el propio móvil, como desde el ordenador o Tablet del puesto de trabajo.
Índice de contenidos
Acuerdo empresa trabajador obligatorio para el teletrabajo.
La nueva Ley que regula el teletrabajo es de aplicación a los trabajadores incluidos en el Régimen General que desempeñen, como mínimo, un 30% de su jornada semanal en esta modalidad laboral.
Sin embargo, en España no es obligatorio ejercer la actividad laboral en modo teletrabajo, sino que debe haber un acuerdo de voluntades entre ambas partes, empresa y trabajador, al ser una opción laboral opcional.
Dicho de otro modo, no es suficiente con que una de las partes lo quiera, sino que, al tratarse de una modalidad de trabajo voluntaria, requiere la firma de un acuerdo escrito obligatorio entre ambas partes, tal y como se indica en el artículo 5 de la nueva Ley. Este acuerdo puede firmarse mediante firma electrónica para no tener que hacerlo desde ele centro de trabajo.
Es posible que el trabajador se niegue a tele trabajar, y su decisión no puede ser ni causa de despido ni de modificación sustancial de sus condiciones de trabajo, además de que la decisión de optar por esta modalidad laboral siempre puede revertirse, tanto por parte de la empresa como del trabajador.
El acuerdo de ambas partes puede suscribirse bien en el contrato inicial o bien en un anexo, y debe firmarse siempre antes de comenzar a desempeñar el trabajo a distancia.
En el documento deben hacerse constar las condiciones y cambios que se produzcan en la prestación de servicios profesionales que va a realizar el trabajador a distancia, en base al acuerdo al que haya llegado con el empresario.
El no firmar el acuerdo escrito para ejercer esta modalidad laboral supone sanciones económicas a las empresas por falta grave que oscilan entre los 626 y los 6.250 euros, según indica la norma, que, además, incrementando la cuantía que en este sentido recogía la Ley sobre Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS).
En un plazo de 10 días la empresa tiene que entregar para su firma una copia del contrato a los representantes de los trabajadores, y enviarla posteriormente a la oficina de empleo.
El contenido que debe incluir el acuerdo escrito de teletrabajo
El acuerdo escrito firmado por empresa y trabajador debe incluir obligatoriamente un contenido mínimo, recogido en los artículos 7 y 8 de la nueva Ley:
- Un inventario del equipo que necesita el trabajador, según su puesto, para tele trabajar.
- El horario de trabajo y si existen, las reglas de disponibilidad.
- La distribución del trabajo que va a realizar en modo presencial y a distancia.
- Lugar de trabajo donde va a realizar el trabajo a distancia.
- Enumeración de los gastos en que puede incurrir el trabajador haciéndolo a distancia y el sistema para compensar esos gastos y cuándo debe abonarlos la empresa.
- Sistemas de control empresarial del trabajador si existieran.
- Procedimiento a seguir si surgen dificultades técnicas que impiden que el trabajo pueda realizarse.
- Duración del acuerdo y plazos de preaviso si se opta por revertir esta modalidad laboral.
- Instrucciones de la empresa en materia de protección de datos (con participación de representantes de los trabajadores) y en materia de seguridad de la información aplicables al teletrabajo.
¿Cómo afecta la Ley del Teletrabajo 2021 al control de jornada?
Toda empresa ubicada en España tiene la obligación legal de implementar el control de jornada, obligación que afecta también a todos los trabajadores que desempeñen su actividad laboral en remoto trabajando a distancia.
La nueva Ley de Trabajo a Distancia permite a la empresa adoptar aquellas medidas de vigilancia y control que considere oportunas para comprobar que el trabajador en remoto cumple con sus obligaciones laborales, pero con limitaciones: tienen que ser lo menos invasivos para el trabajador y no lesionar derechos fundamentales, adecuándose a los principios de idoneidad, proporcionalidad, necesidad y transparencia.
La nueva Ley indica también que el trabajador a distancia tiene derecho a un horario flexible, teniendo en cuenta que deben respetarse los tiempos de trabajo y los de descanso.
En el acuerdo escrito entre empresario y trabajador debe recogerse el horario de trabajo e incluir, entre otros puntos, el momento del inicio y del fin de la jornada laboral.
Para cumplir con la obligatoriedad del control de jornada también cuando se realiza la actividad profesional a distancia o en remoto, es recomendable utilizar herramientas para controlar el registro horario de los empleados
La mejor solución pasa por implementar una aplicación de fichaje y control de jornada como la que ofrecemos en ejornada, con un sistema que permite realizar este control desde cualquier dispositivo y en cualquier lugar.
La aplicación para web y móvil de ejornada, adaptada a la Ley de Control Horario, ayuda a tu empresa, sea cual sea su volumen y necesidades, a gestionar el control de horario automatizando toda la información relativa a inicio y fin de jornada, tiempo efectivo de trabajo, horas extra y otras incidencias.
Si eres pequeña, mediana o gran empresa, aquí puedes consultar nuestros planes de control de jornada, escalables y a medida de tus necesidades que, además de cumplir con la normativa, te ayudan a ahorrar tiempo y costes.
Escribir un comentario